Términos y condiciones generales de venta de Westlake Compounds Germany GmbH
1. General
Todas y cada una de las entregas o servicios prestados por nosotros, así como todos los acuerdos celebrados con nosotros, están sujetos únicamente a los siguientes Términos y condiciones generales de venta. Los términos y condiciones del comprador que difieran o entren en conflicto con nuestros Términos y condiciones generales de venta y que no hayan sido aceptados explícitamente por nosotros no se aplican, incluso si no nos oponemos expresamente a su aplicación. Si ya existe una relación comercial entre nosotros y el comprador, todos y cada uno de los acuerdos, entregas y servicios futuros también estarán sujetos a nuestros Términos y condiciones generales de venta.
2. Oferta y celebración del contrato
Nuestras ofertas no son vinculantes y están sujetas a cambios. Sólo serán vinculantes las órdenes de compra que hayan sido confirmadas por nosotros ya sea electrónicamente o por escrito, o aceptadas implícitamente mediante la entrega de las mismas. Asimismo, cualquier acuerdo oral adicional, suplemento o modificación de las órdenes de compra sólo entrará en vigor después de nuestra confirmación expresa, electrónica o escrita.
3. Entrega
3.1. A menos que se acuerde expresamente lo contrario, todas las fechas de entrega están sujetas a cambios.
3.2. Tenemos derecho a realizar la entrega a plazos, siempre que esto sea razonablemente aceptable para el comprador en el caso específico.
3.3. En caso de retrasos en la entrega, una vez transcurrido un período de gracia razonable establecido por el comprador sin que se haya realizado la entrega, el comprador tiene derecho a rescindir el acuerdo de compra por escrito o, si somos responsables del retraso en la entrega, reclamar daños y perjuicios en su lugar. de rendimiento. Tenemos derecho a solicitar que el comprador nos notifique dentro de un período de tiempo razonable si el comprador rescinde el acuerdo debido a un retraso en la entrega, exige daños o insiste en el cumplimiento.
4. Devolución de equipos de carga, contenedores de carga y otros contenedores en préstamo
Cuando el equipo de carga, los contenedores de carga u otros contenedores que proporcionamos al comprador en préstamo en relación con la entrega se devuelven tarde (es decir, si se han excedido los períodos normales de descarga), nos reservamos el derecho de facturar al comprador cualquier costo en el que incurramos. como consecuencia del retraso en el regreso.
5. Precios, Lugar de Ejecución
5.1. A menos que se acuerde expresamente lo contrario, nuestros precios son "ex fábrica", excluyendo los costos de embalaje, entrega y envío, así como cualquier impuesto sobre el valor agregado aplicable.
5.2. A menos que se acuerde expresamente lo contrario, el lugar desde donde se envían los productos (es decir, la planta respectiva) es también el lugar de cumplimiento para la entrega de los productos.
6. Pago, Incumplimiento de Pago
6.1. Salvo pacto expreso en contrario, el precio de compra en euros deberá abonarse en la cuenta bancaria especificada en la factura respectiva dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha de la factura. El lugar de cumplimiento del pago es Munich, Alemania.
6.2. En caso de incumplimiento de pago, al comprador se le cobrarán intereses de demora a una tasa del 12 (doce) por ciento anual, pero en cualquier caso no menos de 9 (nueve) puntos porcentuales por encima de la tasa de interés base respectiva. Nos reservamos el derecho de reclamar daños adicionales. Cuando el interés que reclamamos excede la tasa de interés legal que se aplica a cualquier incumplimiento de pago, el comprador tiene derecho a demostrar que incurrimos en una pérdida o daño menor. A su vez, tenemos derecho a demostrar que hemos sufrido una pérdida o daño mayor.
6.3. Si el comprador se retrasa en el pago o si existen dudas legítimas sobre su solvencia o solvencia, tenemos el derecho, además de cualquier otro derecho que podamos tener, de exigir el pago por adelantado de las entregas aún no realizadas, así como del liquidación inmediata de cualesquiera otras cuentas por cobrar aún pendientes en virtud de la relación comercial.
6.4. Sólo se aceptarán letras de cambio o cheques, siempre que sean pagados, si se ha celebrado un acuerdo separado a tal efecto. El comprador correrá con todos y cada uno de los gastos incurridos.
6.5. El comprador solo puede compensar reclamaciones que no sean impugnadas o que un tribunal haya considerado definitivas y absolutas contra nuestras reclamaciones de pago. Esto también se aplica , mutatis mutandis, al ejercicio de los derechos de retención. Esto no afecta a la Sección 8.9 frase 2 siguiente.
7. Fuerza mayor
7.1. En caso de fuerza mayor, como perturbaciones del tráfico o del transporte, problemas de envío, incendios, inundaciones, escasez imprevisible de mano de obra, energía, materias primas, consumibles u otros suministros, perturbaciones en el suministro por parte de proveedores o subcontratistas, guerras, huelgas, cierres patronales, paradas o interrupciones inesperadas y de producción de materiales, a menos que sean causadas por el incumplimiento culpable por parte de la parte pertinente de llevar a cabo las medidas de mantenimiento y reparación necesarias, órdenes gubernamentales, regulaciones e instrucciones oficiales vinculantes, terremotos y otros desastres naturales, epidemias, pandemias , medidas de cuarentena impuestas por el gobierno, interrupciones en la cadena de suministro, incluidas, entre otras, escasez de equipos o medios de transporte, etc., incidentes de seguridad informática o cualquier otro caso de fuerza mayor u obstáculos fuera del control de la parte obligada a realizar que disminuya, retrase o dificulte la producción y/o el envío o haga que la producción y/o el envío sean considerablemente más difíciles o irrazonables, las partes quedarán liberadas de sus respectivas obligaciones de entregar o realizar durante la duración de dicha interrupción y en la medida que dicha disrupción tenga un impacto.
7.2. Cuando dichos impedimentos duren más de 6 (seis) meses, ambas partes tendrán derecho a rescindir el acuerdo respecto de las obligaciones contractuales afectadas por dichos retrasos. No existen otros derechos.
8. Especificaciones estándar, garantías
8.1. Garantizamos que nuestros productos cumplen con nuestras especificaciones estándar en el momento de la transferencia del riesgo. Previa solicitud, se proporcionarán al comprador las especificaciones estándar. Se excluyen todos los requisitos subjetivos que excedan las especificaciones estándar y cualquier requisito objetivo, excepto cuando las partes hayan acordado especificaciones que se desvíen de las especificaciones estándar en referencia expresa a esta Sección 8.1.
8.2. Hemos preparado toda la información del producto, en particular la relativa a la idoneidad para su propósito, desarrollo, uso y soporte técnico, según nuestro leal saber y entender. Sin embargo, esta información no constituye ninguna garantía para los productos, más específicamente, ninguna garantía sobre su idoneidad para un propósito específico. Es responsabilidad del Comprador realizar una inspección así como realizar pruebas antes de utilizar el producto.
8.3. No aceptamos ninguna responsabilidad por las declaraciones públicas, a menos que hayamos hecho que las declaraciones públicas relevantes formen parte del acuerdo con referencia expresa a esta Sección 8.3.
8.4. Cualquier garantía sólo será vinculante para nosotros si y en la medida en que (1) forme parte expresa de una oferta o confirmación de pedido, (2) haya sido designada expresamente como una "garantía" y (3) establezca explícitamente nuestras obligaciones en virtud de tal garantía.
8.5. El Comprador inspeccionará los productos sin demora indebida después de la entrega en busca de defectos con respecto a su calidad e idoneidad para el propósito y nos notificará cualquier defecto sin demora indebida y por escrito. En la medida en que se pueda esperar razonablemente del comprador, el comprador también realizará muestreos. Si el comprador no cumple con las medidas anteriores, los productos se considerarán aceptados, a menos que el defecto sea tal que no sea detectable durante la inspección.
8.6. En caso de defectos evidentes, la notificación del defecto deberá realizarse dentro de los 8 (ocho) días siguientes a la recepción de los productos. En caso de defectos ocultos, la notificación del defecto deberá notificarse sin demora indebida después de la detección de dicho defecto y, en cualquier caso, a más tardar 1 (un) año después de la recepción de los productos.
8.7. Los avisos de defecto pertinentes sólo se considerarán si se presentan por escrito y se corroboran con la documentación de soporte correspondiente.
8.8. No seremos responsables de los defectos que reduzcan de manera insignificante el valor o la idoneidad para el propósito del producto. Más específicamente, un defecto se considera insignificante si el propio comprador puede rectificarlo fácilmente y con poco esfuerzo.
8.9. Cuando el comprador exige una prestación suplementaria debido a un defecto, podemos decidir, a nuestro exclusivo criterio, si subsanamos el defecto o entregamos un producto no defectuoso. Tenemos derecho a hacer que cualquier prestación suplementaria adeudada dependa del pago por parte del comprador del precio de compra adeudado; sin embargo, el comprador tiene derecho a retener una parte del precio de compra que sea proporcional al defecto. El derecho legal a reducir el precio de compra o a rescindir el contrato en caso de que el cumplimiento suplementario no tenga éxito no se verá afectado.
8.10. En caso de avisos justificados de defecto, el comprador sólo podrá devolvernos los productos a nuestro coste si nosotros, tras la notificación del defecto, no nos ofrecemos a recoger o disponer de los productos.
8.11. Si los costos asociados con el cumplimiento adicional aumentan debido al hecho de que el comprador ha transferido los productos a una ubicación que no es ni el domicilio social del comprador ni el lugar de cumplimiento, dichos costos adicionales correrán a cargo del comprador, a menos que hayamos acordado expresamente asumir cualquier tales costes adicionales.
8.12. Todos los derechos sobre defectos están sujetos a un plazo de prescripción de 1 (un) año desde la entrega. Cuando el producto sea una construcción o un elemento que haya sido utilizado para una construcción de acuerdo con su finalidad habitual y haya causado el defecto de la construcción (material de construcción), según las normas legales el plazo de prescripción es de 5 (cinco) años desde la entrega/entrega. Otras disposiciones legales especiales en materia de prescripción, en particular los artículos 438 (3), 444 y 445b del Código Civil alemán ( Bürgerliches Gesetzbuch – “ BGB ”), no se verán afectadas.
8.13. Queda excluida cualquier garantía para productos de segunda mano.
8.14. Los derechos del comprador según el artículo 478 del BGB no se verán afectados.
8.15. Nada en esta Sección 8 limita nuestra responsabilidad según la Sección 9 a continuación.
9. Responsabilidad
9.1. Seremos responsables, sin limitación, de los daños y perjuicios – independientemente de su fundamento jurídico – por dolo y negligencia grave, sujeto a las limitaciones legales de responsabilidad.
9.2. En casos de negligencia leve, nuestra responsabilidad se limitará a incumplimientos de obligaciones contractuales materiales (una obligación contractual material es una obligación que es esencial, es decir, es fundamental para el cumplimiento adecuado del acuerdo, de modo que la otra parte habitualmente confía – y tiene derecho a confiar – en su cumplimiento); En caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales importantes, nuestra responsabilidad se limita al importe de la indemnización por daños típicamente previsibles.
9.3. Las limitaciones de responsabilidad según la Sección 9.2 anterior también se aplican a los incumplimientos del deber por parte de personas (también en su beneficio) cuya culpa nos sería imputada de acuerdo con las disposiciones legales.
9.4. Las limitaciones de responsabilidad según la Sección 9.2 anterior no se aplican (1) si no hemos revelado algún defecto de manera fraudulenta, (2) si hemos asumido expresamente una garantía por la calidad de los productos, (3) a los reclamos del comprador bajo el Ley alemana de responsabilidad por productos defectuosos ( Produkthaftungsgesetz ), y (4) por daños a la vida, el cuerpo o la salud.
10. Conservación del título
10.1. Conservamos el título exclusivo de cualquier producto vendido hasta el momento en que todas y cada una de las cuentas por cobrar de nuestra relación comercial con el comprador se hayan liquidado en su totalidad. En el curso de su negocio ordinario, el comprador tiene derecho a ejercer control real sobre los productos comprados y puede procesar los productos hasta el momento en que revoquemos este permiso.
10.2. La reserva de propiedad y el derecho a ejercer el control real estipulados en la Sección 10.1 anterior también se aplican al valor total de los productos de nueva fabricación creados mediante un procesamiento posterior, la adición de aditivos o la mezcla, combinación o unión con otros productos. En cualquier caso, seguiremos siendo el fabricante del producto. Si los productos se han procesado adicionalmente, se han agregado aditivos a los productos, los productos se han mezclado con otros bienes o los productos se han mezclado o unido a bienes de terceros, y dichos terceros conservan la propiedad de sus productos. productos, adquiriremos la copropiedad de dichos productos procesados en función de la relación entre el valor de los productos que entregamos, y que están sujetos a reserva de propiedad, y el precio de compra. Cuando exista retención de título por parte de un tercero o, por ministerio de la ley, caiga por debajo de esta proporción, tendremos derecho al saldo.
10.3. Si el comprador vende nuestros productos a terceros, deberá transferirnos todo el reclamo de pago resultante de dicha venta, o el monto de la copropiedad adeudada (consulte la Sección 10.2 anterior). Si las partes acuerdan una cuenta corriente, deberán transferirse los saldos correspondientes. Sin embargo, el comprador tiene derecho a hacer valer dichos reclamos de pago en nuestro nombre hasta el momento en que revoquemos este derecho o cesen los pagos del comprador. El Comprador sólo podrá ceder dichos reclamos con nuestro consentimiento expreso. Esto también se aplica a cualquier cesión con el fin de factorizar para cobrar dichas reclamaciones.
10.4. Cuando terceros hagan valer algún reclamo con respecto a nuestros productos o cuentas por cobrar, el comprador debe notificarnos sin demora indebida.
10.5. Cuando el valor de cualquier garantía proporcionada exceda nuestra cuenta deudora en más del 10 (diez) por ciento, previa solicitud, liberaremos dicha garantía a nuestro exclusivo criterio.
10.6. Tenemos derecho a retirar cualquier producto sujeto a reserva de propiedad si se rescinden los acuerdos de compra correspondientes.
10.7. Si las leyes del país en el que se encuentran los productos después de la entrega no permiten al Vendedor hacer valer derechos de propiedad sobre los bienes relevantes pero sí permiten la reserva de derechos similares con respecto al artículo de entrega, por la presente declaramos que ejerceremos cualquier tales derechos. Por el presente, el Comprador se compromete a apoyarnos en el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos formales que sean necesarios para este fin.
11. Sanciones
11.1. Las partes quedarán liberadas de su obligación de cumplir sus obligaciones contractuales de conformidad con estos Términos y condiciones generales de venta, y no serán responsables del incumplimiento del acuerdo, si resulta imposible cumplirlo, en su totalidad o en parte. parte, o si el cumplimiento del acuerdo se ve obstaculizado considerablemente por la revocación o suspensión de licencias de exportación o importación, embargos u otras sanciones impuestas por las Naciones Unidas (“ ONU ”), la Unión Europea (“ UE ”), el Reino Unido (“ Reino Unido ”) o los Estados Unidos de América (“ EE.UU. ”), particularmente cuando la ejecución del acuerdo pueda exponer a las partes o cualquiera de sus afiliados y/o agentes indirectos involucrados en la ejecución del acuerdo a sanciones, penas u otras acciones de las autoridades gubernamentales que les perjudiquen (“ Sanciones ”).
11.2. Si una parte desea reclamar reparación en razón de las Sanciones, esta parte deberá, sin demora indebida, presentar una notificación por escrito a la otra parte especificando el motivo y la duración estimada para reclamar el obstáculo o la imposibilidad de cumplir el acuerdo.
11.3. Si las Sanciones duran un período superior a 3 (tres) meses, las partes tienen derecho a rescindir este acuerdo total o parcialmente mediante notificación por escrito, incluida una declaración sobre la medida en que las obligaciones contractuales se ven afectadas por las Sanciones.
12. Cumplimiento de las exportaciones
El comprador acepta que, en la medida permitida por la legislación aplicable de la UE y sus Estados miembros, en particular el Reglamento de bloqueo de la UE (Reglamento (CE) nº 2271/96 del Consejo), cumplirá estrictamente con todas las sanciones económicas y embargos comerciales aplicables. , y leyes y reglamentos de control de exportaciones, en particular los del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, los EE. UU., el Reino Unido y/o la UE o cualquiera de sus Estados miembros y, por lo tanto, no vender, suministrar, revender, exportar ni transferir de otro modo los bienes ( a) a cualquier persona que, según el leal saber y entender del comprador, esté actualmente incluida en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas de EE. UU. o en la Lista Consolidada de Sanciones de EE. UU. mantenida por la Oficina de Control de Activos Extranjeros/Departamento del Tesoro de EE. UU., el Reino Unido lista de objetivos de sanciones financieras de HM Treasury (Oficina de Implementación de Sanciones Financieras), la lista consolidada de personas, grupos y entidades sujetos a sanciones financieras de la UE o en cualquier otra lista similar mantenida por las Naciones Unidas, la UE o cualquiera de sus Estados miembros, o cualquier otra entidad gubernamental competente, y/o (b) directa o indirectamente a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en un país respecto del cual las sanciones de la UE, los EE. UU., el Reino Unido y/o las Naciones Unidas prohíben vender, suministrar, revender, exportar o transferir de otro modo los bienes en cuestión o utilizar los bienes en dicho país.
13. Protección de datos
Ambas partes se comprometen a cumplir con sus obligaciones en virtud de la legislación de protección de datos aplicable, en particular la Ley alemana de protección de datos ( Bundesdatenschutzgesetz – BDSG ) y el Reglamento (UE) n.º 2016/679 sobre la protección de las personas físicas en lo que respecta al procesamiento de datos personales. datos y sobre la libre circulación de dichos datos (GDPR). Ambas partes acuerdan que la otra parte puede revelar información a cualquiera de sus empresas afiliadas, incluidas aquellas ubicadas fuera del Espacio Económico Europeo o Suiza, siempre que esto esté permitido según la ley de protección de datos aplicable.
14. Ley aplicable, fuero legal
14.1. Estos Términos y condiciones generales de venta, así como cualquier acuerdo celebrado en virtud del presente, se rigen exclusivamente por las leyes de la República Federal de Alemania. No será de aplicación la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, de 1 de abril de 1980.
14.2. Si el comprador es un comerciante o empresa ( Kaufmann ) o no tiene un lugar de jurisdicción general dentro de Alemania, competencia legal exclusiva para todas las disputas bajo o en conexión con estos Términos y condiciones generales de venta, así como todos y cada uno de los acuerdos. celebrado en virtud del presente, será Munich, Alemania. Sin embargo, nos reservamos el derecho de presentar reclamaciones en el lugar de jurisdicción general del comprador.
14.3. En caso de que alguna disposición de estos Términos y Condiciones Generales de Venta resulte ser